PROTOCOLO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LA ACTIVIDAD DE ADMINISTRACIO?N DE CONSORCIOS PARA PREVENCIO?N Y MANEJO DE CASOS DE COVID-19

1 . O B J E T I VO

El objetivo del presente documento es el de efectuar recomendaciones generales para que quienes desarrollen la actividad administracion de consorcios tomen las acciones necesarias en el ambito de la realizacion de aquella con el objeto de prevenir y gestionar de manera adecuada los riesgos generales del COVID-19 respecto de empleados y clientes/concurrentes tanto al establecimiento como a las visitas a los inmuebles administrados y puedan, asimismo, tomar las medidas o implementar un plan de accio?n a seguir ante la ocurrencia de casos sospechosos, confirmados y contactos estrechos acorde a las normas dictadas por los organismos jurisdiccionales.

En atencio?n a la particularidad de la actividad, sobre la cual le sera? de aplicacio?n el presente documento, constituye una recomendacio?n de atender a los presupuestos que lo integran, el cual puede ser ampliado o modificado en base a la situacio?n epidemiolo?gica y cualquier otra particularidad que resulte significativa a fin de salvaguardar la salud de las personas.

2. ALCANCE

El presente protocolo es de aplicacion al personal, sea propio o contratado, afectado a la actividad de administracio?n de consorcio, e incluye a las autoridades de aquel, como asi tambien a los clientes/concurrentes al mismo y a propietarios de inmuebles que se visiten.

3. PERSONAL DESAFECTADO. GRUPO DE RIESGO

Dentro de la no?mina de personal que desarrolle las actividades, estan dispensadas del deber de asistencia al lugar de trabajo, de acuerdo a lo establecido por el Poder Ejecutivo Nacional, a trave?s de la Resolucio?n N° 207/2020 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, en su arti?culo 1°, las siguientes personas incluidas en los grupos de riesgo y aquellas cuya presencia en el hogar resulte indispensable para el cuidado del nin?o, nin?a o adolescente a saber:

a. Trabajadores y trabajadoras mayores de sesenta (60) an?os de edad, excepto que sean considerados ?personal esencial para el adecuado funcionamiento del establecimiento?. Se considerara? ?personal esencial? a todos los trabajadores del sector salud.

4.

b. Trabajadoras embarazadas
c. Trabajadores y trabajadoras incluidos en los grupos de riesgo que define la autoridad sanitaria nacional.
Dichos grupos, de conformidad con la definicion vigente al dia de la fecha, son: 1. Enfermedades respiratorias cronicas: enfermedad pulmonar obstructiva cro?nica [EPOC], enfisema congenito, displasia broncopulmonar, bronquiectasias, fibrosis quistica y asma moderado o severo.
2. Enfermedades cardi?acas: Insuficiencia cardiaca, enfermedad coronaria, valvulopatias y cardiopatias congenitas.
3. Inmunodeficiencias.
4. Diabe?ticos, personas con insuficiencia renal cronica en dialisis o con expectativas de ingresar a dialisis en los siguientes seis meses.

OFICINAS. TRABAJO REMOTO. PERMISO DE CIRCULACIO?N SEMANAL. ATENCIO?N AL PUBLICO LIMITADA, CON TURNO PREVIO.

La actividad debe llevarse a cabo, en tanto sea posible, de manera remota.

No obstante ello, con el objeto de facilitar a los mismos el acceso a la documentacion y herramientas de trabajo que se encuentren en sus oficinas asi como posibilitar la atencion al publico, se autoriza la circulacion segun la terminacio?n de su DNI, una unica vez por semana, de la siguiente manera:

- Lunes: DNI terminados en 0 y 1.
- Martes: DNI terminados en 2 y 3.
- Mie?rcoles: DNI terminados en 4 y 5. - Jueves: DNI terminados en 6 y 7.
- Viernes: DNI terminados en 8 y 9.

La cantidad de personas que concurran a la cita debe ser la minima indispensable, siempre con turno previo. Se recuerda que entre los asistentes se debe guardar una distancia minima de 1.5 metros.

Asimismo, se debera? tender a establecer un tiempo maximo de interaccion personal con el cliente, por lo cual toda instancia que de antemano presupusiera tiempos mayores de interaccion debera resolverse en forma remota, minimizando en todo momento la actuacion presencial para aquellas circunstancias imprescindibles y/o improrrogables.

5. RECOMENDACIONES PARA LAS VISITAS DE LOS INMUEBLES AD M I N I S T R AD O S

A fin de proceder a la visita de un inmueble administrado, todos los presentes deben usar cubrebocas. Solo se realizaran visitas en caso de resultar extremadamente necesario y a fin de solucionar algu?n reclamo urgente.

Durante el transcurso de la visita, los concurrentes deberan mantener una distancia minima de 1,5 metros.

Las visitas seran pautadas con el plazo de anticipacion que fije cada titular o representante del establecimiento, antes de cumplido el cual se requerira a los visitantes que envien via correo electronico una declaracion jurada que indique que no presenta sintomas compatibles con sospecha de COVID-19 y que no ha estado en contacto con personas que hayan presentado si?ntomas o provengan de paises denominados de riesgo en los u?ltimos 14 dias.

Previo al ingreso al inmueble, los concurrentes deberan desinfectar llaves y cerraduras con alcohol en gel o alcohol al 70%.

Los concurrentes deberan higienizarse las manos al ingresar al inmueble. En virtud de ello, para aquellos inmuebles que se visiten que no cuenten con un bano para el lavado de manos, se debera poner a disposicion de los concurrentes de alcohol en gel o alcohol al 70%.

En caso que el inmueble cuente con escaleras, deberan subir respetando la distancia interpersonal de al menos 1.5 metros, evitando tocar barandas.

6. RECOMENDACIONES DE HIGIENE GENERALES PARA LA REALIZACIO?N DE LA ACTIVIDAD

6.1. MEDIDAS DE HIGIENE PARA LA REALIZACIO?N DE LA ACTIVIDAD, RESPECTO DE LOS EMPLEADOS Y TITULARES DE AQUELLA

6.1.1. RESPECTO DE LA ORGANIZACIO?N DE LA ACTIVIDAD EN GENERAL

Se recomienda revisar y adecuar las diferentes tareas fundamentales en base a turnos rotativos de trabajo y disposicion de descansos, de manera tal de garantizar las medidas de prevencio?n recomendadas durante toda la jornada de trabajo, como son, entre otras, la distancia entre personas de al menos 1.5 metros, llevar al minimo

posible la convivencia simulta?nea de personas en un mismo espacio fi?sico, uso de cubrebocas en todo momento tanto para el personal como en las personas ingresantes.

6.1.2. USO DEL TRANSPORTE PU?BLICO

Conforme lo dispuesto por el arti?culo 23° del DNU N° 677/APN/2020, el uso del servicio de transporte publico de pasajeros interurbano e interjurisdiccional autorizado a circular quedara? reservado para las personas que deban desplazarse para realizar las actividades contempladas en el articulo 12 de dicho Decreto.

6.1.3. RESPECTO DE LAS MEDIDAS DE PREVENCIO?N EN RELACIO?N AL PERSONAL

Es imprescindible reforzar las medidas de higiene personal en todos los a?mbitos de trabajo y frente a cualquier escenario de exposicion, se recomienda:

Identificar, preguntar y registrar al personal que ingresa al establecimiento si posee algunos de los si?ntomas de sospecha de COVID-19.

Se sugiere, en la medida de lo posible, controlar la temperatura de los trabajadores previo al ingreso al establecimiento, la cual debe ser menor de 37.5oC.

La higiene de manos de manera frecuente, ya que es la medida principal de prevencio?n y control de la infeccio?n, principalmente:

?  Al ingreso al lugar de trabajo

?  antes y despue?s de manipular basura, desperdicios, alimentos, de comer;

?  luego de tocar superficies pu?blicas (mostradores, pasamanos, picaportes,

barandas, etc.), manipular dinero, tarjetas de cre?dito / de?bito, llaves, animales,

etc.; despues de utilizar instalaciones sanitarias y de estar en contacto con otras

personas.

Mantener una distancia mi?nima de 1,5 metros con cualquier persona.

Evitar tocarse los ojos, la nariz y la boca.

No compartir elementos de uso personal (vasos, cubiertos, mate, etc.).

No utilizar celular en la zona de trabajo. Si por necesidad es usado, se debe

proceder automa?ticamente a una nueva higiene de manos y del artefacto con solucion alcoholica 70%.

6.1.4. HIGIENE Y DESINFECCIO?N DEL AMBIENTE Y LOS TRABAJADORES

Se debera mantener el ambiente laboral bien ventilado.

Limpiar todas las superficies de trabajo con agua y detergente, y desinfectar las

mismas con solucion con lavandina al 0,1% (10 ml de lavandina de uso dome?stico en 1 litro de agua) o alcohol al 70%. Puede utilizarse un envase con pulverizador y secar con un pano limpio.

Se deben reforzar especialmente las medidas de higiene de los lugares de trabajo incrementando la limpieza de mostradores, pasamanos, escritorios, computadoras, telefonos, pisos, picaportes y toda otra superficie con la que el trabajador pueda entrar en contacto.

Los trabajadores deberan contar con reposicion de Elementos de Proteccion Personal (EPP) y kit de desinfeccion humeda (consistente en la limpieza con agua y detergente y luego desinfeccion con una solucion de lavandina de uso comercial con agua  10 ml de lavandina en 1 litro de agua) para el lugar de trabajo.

Se debera? realizar la limpieza del sector antes y despue?s de realizar el trabajo.

El personal de limpieza debera? contar con todos los elementos de seguridad

necesarios para controlar y minimizar la exposicio?n (respiratoria y de manos).

En el caso de tareas de limpieza y desinfeccio?n, se recomienda seguir las

medidas de seguridad e higiene.

Asegurar la provision de agua potable en cantidades suficientes para garantizar

la higiene y desinfeccion tanto del trabajador como del ambiente de trabajo.

Para reducir eficazmente el desarrollo de microorganismos en las manos, el lavado de manos debe durar al menos 40-60 segundos. El lavado de manos con agua y jabo?n debe realizarse siguiendo los pasos indicados en la ilustracion.

? En caso de no tener acceso a agua y jabon: Higiene de manos debe realizarse con soluciones a base de alcohol (por ejemplo, alcohol en gel). Es importante hacerlo frecuentemente, sobre todo:

o antes y despue?s de manipular basura o desperdicios;
o antes y despue?s de comer, manipular alimentos y/o amamantar;
o luego de haber tocado superficies de uso pu?blico: mostradores,

pasamanos, picaportes, barandas, etc.;
o despue?s de manipular dinero, llaves, animales, etc.; o despue?s de ir al ban?o o de cambiar pan?ales.

6.1.5. ELEMENTOS DE PROTECCIO?N PERSONAL (EPP)

Los EPP sera?n seleccionados de acuerdo a la actividad y tarea a desarrollar por el trabajador. No obstante, el equipamiento debe constar para el caso de todos los trabajadores de un cubrebocas.

Se entiende por protectores faciales cualquier elemento, no barbijo, y de cualquier material que mantenga protegida y cubierta la zona de nariz, boca y mento?n sin que queden espacio entre el protector y la cara y permita disminuir considerablemente la propagacio?n de ge?rmenes y virus.

Los trabajadores/as cuya actividad comprenda la atencio?n o contacto con otras personas debera?n utilizar protectores faciales de manera obligatoria.

Los EPP sera?n provistos por el empleador. Al respecto, se debe tener en cuenta que:

Son de uso personal, por lo que no se deben compartir.

Los elementos de proteccio?n contra el coronavirus deben ser preferentemente

descartables.

El uso de guantes esta? restringido al personal de limpieza y aquellos que ya lo

usaban previo a la pandemia, por proteccion relacionada con la tarea.

El trabajador debe estar capacitado especificamente sobre el uso, estado,

conservacio?n, retiro y descarte de los EPP.

6.1.6. ESPACIOS COMUNES y SANITARIOS

?  Se deben reforzar las condiciones de higiene de los espacios comunes, particularmente comedores y sanitarios y aumentar la frecuencia de higiene y desinfeccio?n de los mismos.

?  Asimismo, se debe minimizar la cantidad de personas que utilicen estas instalaciones en forma simulta?nea de modo de respetar la distancia mi?nima de 1,5 m entre cada una de ellas.

?  Los platos, vasos, cubiertos, mate, deben ser individuales para cada trabajador y no se deben compartir.

6.1.7. TRATAMIENTO Y DISPOSICIO?N DE RESIDUOS

?  Mantener la limpieza de los depo?sitos de residuos con el kit de desinfeccion humeda (consistente en limpieza con agua y detergente y luego desinfeccio?n con una solucio?n de lavandina de uso comercial con agua ? 10 ml de lavandina en 1 litro de agua).

?  Utilizar elementos de proteccio?n personal, y en caso de ser factible, asistencia meca?nica que reduzca el contacto con los mismos.

?  Identificar y sen?alizar lugares destinados a la disposicio?n de los elementos de higiene, desinfeccio?n y EPP descartados.

6.1.8. LIMPIEZA DE AMBIENTES DE TRABAJO Y DESINFECCIO?N DE OBJETOS

Como medida de proteccion colectiva se debera utilizar la tecnica de doble balde - doble trapo. Es una tecnica muy sencilla y se necesita contar con agua corriente, detergente, lavandina de uso comercial, dos baldes y dos trapos. Consiste en dos fases:

1° fase: Proceso de limpieza:

Iniciar la limpieza con soluciones jabonosas con agua y detergente de uso comun.

En el balde No 1 agregar agua y detergente.

Sumergir el trapo No 1 en balde No 1, escurrir y friccionar las superficies a limpiar (mostradores, pasamanos, picaportes, barandas, instrumental de trabajo etc.). Siempre desde la zona mas limpia a la mas sucia.

Repetir el paso anterior hasta que quede visiblemente limpia.

Enjuagar el detergente sobrante con el trapo N° 2 sumergido en el balde N°

2 con agua.

2° fase: Proceso de desinfeccion:

En un recipiente colocar 10 ml de lavandina de uso domestico en un litro de agua.

Pulverizar la solucion sobre los objetos y herramientas o con un pano humedo friccionar las superficies a desinfectar.

Dejar secar las superficies.

No olvidar que las personas que realicen estas tareas debera?n contar con todos los EPP (cubreboca y ma?scara facial, guantes impermeables y calzado cerrado) a fin de evitar el contacto de la piel y de las mucosas con los detergentes y lavandinas utilizados durante las tareas de limpieza y desinfeccio?n con el objeto de prevenir enfermedades profesionales (irritacio?n de conjuntivas, dermatitis de contacto por sensibilizacio?n e irritativas, lesiones eczematiformes, entre otras).

6.1.9. LIMPIEZA DE SUPERFICIES QUE PUEDAN HABER ESTADO EN CONTACTO CON INDIVIDUOS CONFIRMADOS COVID

Se tendra en cuenta que los detergentes eliminan la suciedad y la materia orga?nica disolviendo el polvo, aceites o grasa, para luego facilitar su eliminacion con el enjuague, por lo cual es importante lavar con detergente, luego enjuagar con agua limpia y desinfectar con hipoclorito de sodio al 1 % o al 10 % segu?n sea el caso (me?todo del doble balde/doble trapo), o realizar la higiene utilizando amonios cuaternarios a partir de la quinta generacio?n o monopersulfato de potasio (MPP, me?todo de limpieza y desinfeccion simultanea en un solo paso). Los amonios cuaternarios de quinta generacio?n son limpiadores de superficies usados preferentemente porque tienen bajo nivel de corrosion sobre las superficies inanimadas, amplio espectro para la actividad microbiana y facil de usar.

- Se recomienda el uso de detergentes de optima calidad

- Se debera realizar la limpieza mediante friccion para remover la suciedad y los microorganismos.

- La limpieza debe preceder al proceso de desinfeccion.

- La limpieza deberi?a realizarse de modo tal que prevenga la dispersio?n de polvo o suciedad.

- Evitar actividades que favorezcan el levantamiento de particulas en suspension, como el uso de aspiradoras del polvo, las cuales seran permitidas solamente en areas administrativas y fuera del horario de atencion.

6.1.10. RECOMENDACIO?N DE LIMPIEZA DE LUGARES EN LOS QUE HAYA CIRCULADO UNA PERSONA SOSPECHOSA O CONFIRMADA DE COVD-19

En las a?reas en las que haya circulado una persona con sospecha o confirmacion de infeccio?n por COVID 19, no deben utilizarse me?todos de limpieza en seco (escobas, escobillones, plumeros, cepillos, pan?os, etc.) para eliminar el polvo pues aumenta tanto la dispersio?n del mismo como de parti?culas potencialmente portadoras de ge?rmenes, produciendo elevados i?ndices de contaminacio?n ambiental.

Para mayores recomendaciones y precauciones adicionales podra? encontrar ma?s informacio?n en el Protocolo de Limpieza de Unidades Extrahospitalarias disponible en la web https://www.buenosaires.gob.ar/coronavirus

7. MEDIDAS DE HIGIENE PARA LA REALIZACIO?N DE LA ACTIVIDAD, RESPECTO DEL PU?BLICO EN GENERAL (PROVEEDORES, CLIENTES, CONCURRENTES Y TODAPERSONAAJENAAL ESTABLECIMIENTO)

7.1. USO OBLIGATORIO DE ELEMENTOS DE PROTECCIO?N QUE CUBRAN NARIZ, BOCA Y MENTO?N

En virtud de la Resolucio?n de Firma Conjunta N° 15/MJGGC/GCABA/20 y su modificatoria N° 17/MJGGC/20 son de uso obligatorio los elementos de proteccio?n que cubran nariz, boca y mento?n para ingresar o permanecer en locales comerciales, en dependencias de atencio?n al pu?blico, para circular en transporte pu?blico o transporte privado cuando haya dos o ma?s personas y para circular y permanecer en el espacio pu?blico.

Se exceptu?a de dicha obligacio?n a las personas que por razones sanitarias no puedan portar el tapabocas. En esta circunstancia debera? respetarse la distancia interpersonal mi?nima de 1.5 m.

7.2. ACCESO AL ESTABLECIMIENTO

Recomendar que las personas/clientes no vengan acompan?ados.

Se debe evitar, siempre que fuera posible, el ingreso al establecimiento, de

cualquier acompan?ante para todos los clientes/concurrentes.

Se debe garantizar, en los momentos de mayor afluencia de clientes, todos los medios necesarios para una ra?pida atencio?n de modo de disminuir el tiempo de

permanencia de las personas/clientes en el establecimiento.

Se debe poner a disposicio?n del pu?blico, alcohol en gel y sanitizantes en

accesos a los establecimientos.

Solo se atendera? con turno previo.

7.3. EN EL INTERIOR DEL ESTABLECIMIENTO/OFICINAS

Se debe colocar carteleri?a visible en el establecimiento, con informacio?n actualizada sobre me?todos de prevencio?n para el COVID- 19.

Sen?alizar los lugares de espera para mantener una distancia de 1,5 metros entre trabajador-cliente y de clientes entre si?.

Siempre que sea posible se aislara? al trabajador de las personas externas al establecimiento. Asimismo, de ser posible, se colocara?n mamparas o pantallas en los escritorios de las oficinas de atencio?n al pu?blico para separar al/los trabajador/es del pu?blico en general.

Disponer contenedores de residuos en el interior del establecimiento.

7.4. MANIPULACIO?N DE DOCUMENTACIO?N

Se debera? lavar las manos luego de la manipulacio?n de documentos. Complementariamente, se deben tomar medidas ba?sicas de higiene, como evitar tocarse la cara.

7.5. COBRO- MEDIOS DE PAGO

Se recomienda el uso de medios de pago electro?nicos. En caso de que el pago se realice a trave?s de tarjetas de cre?dito o de?bito, se debera?n desinfectar tanto las tarjetas como el posnet utilizado con solucio?n de agua y alcohol.
En la medida de lo posible, se recomienda usar mamparas o pantallas que aseguren la proteccio?n de trabajador/cliente.

8.

ACCIONES GENERALES DE PREVENCIO?N PARA TRABAJADORES

Realizar difusio?n masiva de informacio?n del COVID-19 a todos los trabajadores e incentivar la consulta temprana ante la presencia de si?ntomas compatibles con sospecha de infeccio?n por Covid-19.
Brindar conocimiento a los trabajadores sobre las principales medidas de prevencio?n frente al COVID-19.

Capacitar al personal de las distintas a?reas de trabajo.
Solicitar la colaboracio?n a todo el personal asi? como a proveedores a los efectos de que puedan manifestar sus si?ntomas, si los poseen.

ACCIONES ESPECI?FICAS
ACCIONES ESPECI?FICAS ANTE LA SOSPECHA DE CASO

9.

9.1.

?

?

?

?

En principio, ante un caso sospechoso, el empleador debe adecuarse a los

lineamientos y pautas generales establecidas en los protocolos COVID-19, en particular, al ?PROTOCOLO DE MANEJO FRENTE A CASOS SOSPECHOSOS Y CONFIRMADOS DE COVID-19? aprobado por Resol-2020-842-GCABA-MSGC y modificatorias, y dema?s documentos sanitarios publicados en el siguiente link de acceso web: https://www.buenosaires.gob.ar/coronavirus/protocolos-coronavirus- covid-19.

9.2. ACCIONES ESPECI?FICAS ANTE CASO CONFIRMADO DE COVID-19

Confirmado el diagno?stico por la cobertura que posea la persona, se procedera? a tramitar la licencia del trabajador por enfermedad.
La actuacio?n general debera? adecuarse a los lineamientos y pautas generales establecidas en los protocolos COVID19, en particular, al ?PROTOCOLO DE MANEJO FRENTE A CASOS SOSPECHOSOS Y CONFIRMADOS DE COVID-19?, aprobado por Resol-2020-842-GCABA-MSGC y modificatorias, y dema?s documentos sanitarios publicados en el siguiente link de acceso web: https://www.buenosaires.gob.ar/coronavirus/protocolos-coronavirus-covid-19?.

9.3. ACCIONES ESPECI?FICAS ANTE CASOS DE CONTACTO ESTRECHO

La actuacio?n general debera? adecuarse a los lineamientos y pautas generales establecidas en los protocolos COVID19, en particular

https://www.buenosaires.gob.ar/coronavirus/equipos-salud/protocolos- coronavirus-covid-19/protocolo-de-manejo-contacos-estrechos-de-caso

? Si se identificara que un empleado cumple con criterio de contacto estrecho, debera? cumplir aislamiento domiciliario hasta que se descarte diagno?stico (test negativo en el caso sospechoso) o por un periodo de 14 di?as, si se confirmara el caso.
? El equipo de seguimiento de contactos estrechos del Ministerio de Salud de la CABA se pondra? en contacto con la persona.

9.4. ACCIONES ESPECI?FICAS DESDE UNA PERSPECTIVA DE GE?NERO

Los establecimientos se comprometen, en la medida que les sea posible y la actividad se lo permita, a promover que las decisiones que se tomen favorezcan el ejercicio de los derechos de los varones y mujeres de manera igualitaria.

Asimismo, debera?n evitar reproducir estereotipos de ge?nero en su accionar, sobre todo en lo que refiere a las necesidades de cuidado de los hogares de los/as trabajadores/as, reconociendo sus necesidades particulares.

9.5. ACCIONES ESPECI?FICAS DESDE UNA PERSPECTIVA DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Los establecimientos se comprometen a promover que las decisiones que tomen cumplan con lo establecido por la Convencio?n sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (Ley N° 26.378). En virtud de ello, es importante recordar que las personas con discapacidad pueden requerir diversos apoyos y ajustes razonables para la realizacio?n de distintas actividades en igualdad de oportunidades.

En el caso de que una persona con discapacidad requiere asistencia, se debera? contemplar y flexibilizar las medidas adoptadas, en la medida de lo posible y siempre que la actividad lo permita para garantizar su plena participacio?n.Siempre es recomendable consultarle cua?ndo y co?mo se debe brindar el apoyo. Ante cualquier duda comuni?cate con COPIDIS al 5050-9740 - interno 1425 o por correo al copidisinformes@buenosaires.gob.ar.

G O B I E R N O DE LA C I U D A D DE B U E N O S A I R E S "2020. An?o del General Manuel Belgrano"

Hoja Adicional de Firmas Informe gra?fico

Nu?mero:
Referencia: PROTOCOLO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LA ACTIVIDAD DE

ADMINISTRACIO?N DE CONSORCIO
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